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viernes, 21 de mayo de 2021

ATENCION SE ACERCA LA ELECCION AL CONSEJO DE SABIOS Y SABIAS

INFÓRMATE Y PARTICIPA ELECCIONES CONSEJO DE SABIOS Y SABIAS

 CLSS  2020 - 2023

Quiénes pueden participar en los Consejos de Sabios y Sabias?

 ARTÍCULO 1°. Creación.

Personas de 60 años en adelante.

 • Que vivan en la localidad.

 • Que sean representantes de las unidades de planeación territorial (UPZ) o de las organizaciones reconocidas socialmente en las localidades.ACUERDO 608 DE 2015

Qué son los Consejos Distritales y Locales de Sabios y Sabias? 

ARTÍCULO 2°. Naturaleza Jurídica

Son instancias de participación, de control social y asesores de las políticas territoriales, sectoriales y poblacionales que afectan a las personas mayores. La Administración Distrital y las Administraciones Locales consultarán al Consejo Distrital y los Consejos Locales de Sabios y Sabias en materia de Política Pública de envejecimiento y vejez y podrán concertar con los Consejos, los proyectos de inversión relacionados con la implementación de dicha política. Los Consejos de Sabios y Sabias no tendrán personería jurídica ni patrimonio propio.

Cómo se conforman los Consejos de Sabios y Sabias en las localidades?

Artículo 18.- Definición y conformación de los Consejos Locales de Sabios y Sabias.

 El Consejo Local de Sabios y Sabias, es la instancia autónoma de participación ciudadana, que actuará como vocero en materia de Adulto Mayor ante las diferentes instancias de participación local donde se traten temas de personas mayores. El Consejo Local de Sabios y Sabias, según lo previsto en el Artículo 3 del Acuerdo Distrital 608 de 2015, está conformado de la siguiente manera: a. Un delegado principal y su suplente, elegido democráticamente por cada una de las Unidades de Planeamiento Zonal – UPZ de cada localidad. b. Delegados principales y sus suplentes en representación de las organizaciones de persona mayor, cuyo número dependerá de las Unidades de Planeamiento Zonal –UPZ que tenga cada localidad.

¿Cuánto dura el periodo de los Consejeros y Consejeras?

Artículo 21.- Período. Los Consejeros Locales de Sabios y Sabias y sus suplentes serán elegidos para un período de cuatro (4) años homologados a los períodos de la administración distrital y podrán ser nuevamente reelegidos, máximo por un período consecutivo. La elección se realizará en los seis (6) primeros meses del primer año de cada administración distrital.

¿Cuándo inicia el periodo de los Consejeros y Consejeras?

Artículo 23.- Instalación. Los Consejos Locales de Sabios y Sabias, serán instalados por el Alcalde Local respectivo, en sesión ordinaria, dentro de los quince (15) días siguientes la posesión de este último. DECRETO 599 DE 2019

Sabías que…

Artículo 31.- Asesoramiento técnico y acompañamiento operativo. Los Consejos Locales de Sabios y Sabias serán apoyados y asesorados por las Alcaldías Locales, las Subdirecciones Locales para la Integración Social y el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC, respetando la autonomía de los Consejos.

REQUISITOS CANDIDATOS

Art 19.1. Postulaciones Personas Mayores No Asociadas. (INDEPENDIENTES) 

1. Formato de postulación al Consejo Local de Sabios y Sabias 2020-2023.

 2. Hoja de vida del candidato o candidata.

 3. Copia de la cédula de ciudadanía.

 4. Plan de trabajo para su UPZ, en una extensión máxima de una hoja.

 5. Copia de un recibo de un servicio público en el que se verifique el lugar de residencia o constancia que emita el Consejo Local de Sabios y Sabias, donde indiquen que ha desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial, laboral o social en temas relacionados con Envejecimiento y Vejez, en la respectiva localidad por lo menos durante los dos (2) años anteriores a la fecha de la elección

LÍDERES REPRESENTANTES DE ORGANIZACIONES SOCIALES 

Art 19.2. Postulaciones Personas Mayores Asociadas.

 1. Formato de postulación al Consejo Local de Sabios y Sabias.

 2. Certificado de existencia o representación legal.

 3. Copia de la cédula de ciudadanía.

 4. Plan de trabajo de su localidad, en una extensión máxima de una hoja.

 5. Constancia emitida por el Consejo Local de Sabios y Sabias, donde indiquen que ha desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial, laboral o social en temas relacionados con Envejecimiento y Vejez, en la respectiva localidad por lo menos durante los dos (2) años anteriores a la fecha de la elección

CRONOGRAMA Inscripción de Candidatos, Candidatas y Votantes

 • 1 de mayo al 15 de junio

 • Modalidad virtual y virtual asistida Revisión de documentos y subsanación (cada mesa técnica local)

 • 16 al 26 de junio

 • Contactar a las personas para que se acerquen y subsanen Publicación listado final candidatos y candidatas y electores

 • 27 de junio • (28-30 Elaboración de tarjetones por UPZ) Jornada Electoral

 • 1 julio al 18 de julio

 • Virtual y virtual asistida Escrutinio y presentación de impugnaciones

 • Escrutinio en línea y a través de Facebook live

PUNTOS DE INSCRIPCIÓN Y VOTACIÓN ASISTIDA 

1. Subdirección Local para la Integración Social de cada Localidad

2. Alcaldías Locales.

3. Los demás asignados por la Mesa Técnica de Elecciones Locales. 

Información tomada de la Pagina del IDPAC

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